Fin del teletrabajo tras la crisis sanitaria
¿El fin del teletrabajo tras la crisis sanitaria?

El 9 de junio de 2021, luego el 1 de septiembre de 2021, el Gobierno francés flexibilizó el uso del teletrabajo: el teletrabajo ya no es la regla y la mayoría de las empresas francesas devuelven a sus empleados a sus instalaciones.

El gran reto de muchas empresas en Francia consiste ahora en iniciar la transición entre el periodo de crisis sanitaria del Covid-19 y la actividad asalariada fuera de la crisis, que se producirá en un plazo más o menos corto.

Los empleados en Francia que han sufrido el aislamiento estarán felices de renunciar al teletrabajo. Pero, según una encuesta de OpinionWay realizada para  la firma Empreinte Humaine, el 74% de los teletrabajadores no desea volver al trabajo presencial a tiempo completo . Más allá del aspecto humano, surgen muchas cuestiones jurídicas para los empleadores y sus empleados en esta situación sin precedentes en el derecho laboral.

El fin del teletrabajo al 100% y la reanudación paulatina del trabajo presencial

El regreso al trabajo en las instalaciones de la empresa al 100% está prevista desde el 1 de septiembre de 2021. Hasta entonces, el teletrabajo debía practicarse en las empresas cuando fuera posible.

A partir del1 de septiembre de 2021, ya no hay días mínimos de teletrabajo en Francia.

¿Puede el empleado negarse a volver a trabajar en las instalaciones de su empleador? 

Si el empleador no desea implementar de manera permanente el teletrabajo parcial, puede encontrarse con reacciones negativas de ciertos empleados.

La negativa de los empleados a volver a la empresa puede estar vinculada, en particular, a una mudanza u otro cambio de vida durante la crisis sanitaria. Algunos incluso se han ido al extranjero para aprovechar un mejor clima o condiciones de vida menos onerosas.

Pues bien, si el empleador decide poner fin al teletrabajo después del 31 de agosto de 2021,  los empleados no pueden negarse a regresar al lugar de trabajo , a menos que exista una justificación válida. Una negativa injustificada podría dar lugar a sanciones disciplinarias. Dichas sanciones dependerán de la situación de cada trabajador.

No obstante, si la negativa  afecta a un número significativo de miembros del personal, la acción disciplinaria no es posible.

¿Qué pasa con los empleados que se han ido al otro lado del mundo?

En este caso, la empresa puede encontrarse frente a una situación jurídica compleja, las normas internacionales en materia de derecho laboral y de Seguridad Social competentes aplicables a su relación laboral pueden interferir sin que el empleador y el trabajador sean conscientes de ello. Por lo tanto, es importante que el empleador realice un análisis legal antes de aceptar una solicitud de traslado permanente al extranjero de un empleado .