Asistimos a inversores y empresarios en el traslado y/o expatriación de trabajadores a Francia y España y en los trámites administrativos relacionados con su instalación en España.

Expatriación y desplazamiento de trabajadores

España y Francia cuentan con un marco jurídico internacional que permite coordinar los sistemas de seguridad social de las personas que se desplazan a través de las fronteras nacionales.

Asistimos a los directivos y empleados en el marco de su expatriación o cambio de residencia en España o Francia.

  • Le asistimos en el traslado de empleados a Francia y/o España para que la movilidad se realice respetando la legislación social vigente.
  • Redacción de todos los documentos legales relacionados con la transferencia (oferta de empleo, carta de cesión, contrato de trabajo, acuerdo de transferencia, etc.).
  • Identificación de las obligaciones y derechos del trabajador y del empresario.
  • Negociación de las condiciones de contratación, remuneración e incumplimiento del contrato con el trabajador internacional.
  • Asistencia en caso de conflicto (por ejemplo: litigios a la vuelta de la expatriación).
  • Obtención del NIE y NIF.
  • Ayuda para darse de alta en el sistema de seguridad social del país de acogida.
  • Solicitud de tarjeta europea.
  • Solicitud de cobertura sanitaria local.
  • Registro en un centro de salud en España.
  • Solicitud de certificado de residencia en España.
  • Asistencia para abrir una cuenta bancaria en España.
  • Asistencia en los trámites a realizar antes de salir al extranjero.
  • Asistencia para la creación de un establecimiento permanente o una sucursal en España o Francia.

Inmigración

Le ayudaremos con los trámites administrativos necesarios para adquirir la nacionalidad española. Hay diferentes formas de adquirir la nacionalidad española:

  • Nacionalidad española de origen: pueden obtener la nacionalidad española los nacidos de padre o madre españoles, los nacidos en España siempre que uno de los progenitores haya nacido también en España (excepto los hijos de diplomáticos), etc.
  • Nacionalidad por opción: la solicitud de nacionalidad por opción se ofrece a quienes cumplan determinadas condiciones, como haber estado sometido a la patria potestad de un español, haber nacido de un progenitor que tuviera la nacionalidad española, etc.
  • Nacionalidad por residencia: se concederá la nacionalidad a quienes hayan residido en España durante al menos 10 años de forma ininterrumpida. No obstante, este periodo puede limitarse a 5 años, 2 años o 1 año en determinados casos (refugiados, nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí, nacidos en España, etc.).
  • Nacionalidad por decreto de naturalización: este método de adquisición de la nacionalidad puede ser concedido por el gobierno español en circunstancias excepcionales.
  • Número de Identificación de Extranjero (N.I.E.): si quiere comprar una propiedad en España, constituir una empresa, abrir una cuenta bancaria, trabajar en España, etc. necesitará un N.I.E. Este número se otorga a los ciudadanos de la Unión Europea que no residen en España pero que tienen intereses económicos en el país
  • Registro de ciudadanos europeos en España: si desea vivir y trabajar en España durante más de 3 meses, deberá solicitar su certificado de registro como ciudadano europeo residente en España.
  • Ciudadano extranjero perteneciente a la misma familia que un ciudadano comunitario residente en España: si uno de los miembros de su familia es ciudadano de la Unión Europea y reside legalmente en España, puede solicitar una autorización de residencia en España. El permiso de residencia puede concederse siempre que puedas demostrar tus vínculos familiares, que vivas con tu familiar y que éste tenga medios económicos suficientes para acogerte.
  • Contratación de un ciudadano europeo en España: le ayudamos en todos los trámites legales y administrativos (redacción del contrato de trabajo, alta de la empresa y de los empleados en la Seguridad Social y en Hacienda, puesta en contacto con contables francófonos en España para la gestión de sus recursos humanos y trámites contables).
  • Golden visa: es un visado para inversores extracomunitarios que permite obtener un permiso de residencia en España durante 1 año (renovable) sin necesidad de residir en el país de forma permanente. Este visado permite no sólo permanecer sino también trabajar en España. Es necesario cumplir ciertas condiciones, como invertir al menos 500.000 euros en la compra de una o más propiedades, poseer acciones o depósitos bancarios en España por un valor mínimo de 1 millón de euros, etc.
  • Visado de emprendimiento: este visado se puede conceder a quienes tengan previsto desarrollar una actividad empresarial y/o comercial innovadora de especial interés económico para España.
    ICT-UE: Es un permiso de residencia para ciudadanos no comunitarios que se trasladan a una empresa o grupo de empresas extranjeras con sede en España. La finalidad de este visado es permitir al titular seguir un curso de formación, dirigir un equipo o realizar una misión específica en España. Este permiso ofrece la posibilidad de vivir y trabajar legalmente en España durante 1 año (con posibilidad de renovación). Los trabajadores con este permiso de residencia también pueden trabajar y vivir en uno o varios países de la UE.
  • Traslado intragrupal: permite a los trabajadores extracomunitarios trabajar en España con un contrato de trabajo o una relación profesional. A diferencia del ICT-UE, este tipo de visado no le permite trabajar en otro país europeo.
  • Profesional de alta calificación: las empresas que deseen contratar a un profesional de alta cualificación en España pueden solicitar un visado para este empleado. La empresa en cuestión debe cumplir ciertos criterios: gran empresa o grupo de empresas, PYME de un sector estratégico en España, empresa que desarrolle un proyecto empresarial de interés general (salvo que la persona a contratar sea un universitario o una escuela de negocios).
  • Visado no lucrativo: este permiso de residencia debe solicitarse en el país de origen y permite al titular residir en España durante al menos 1 año (con posibilidad de renovación) sin realizar ninguna actividad profesional en España. Sin embargo, debe poder demostrar un nivel mínimo de ingresos. Está destinado a quienes deseen jubilarse en España, a quienes deseen trabajar a distancia desde España o a quienes deseen permanecer en España durante 1 año sin trabajar.
  • NIE (no UE): asignación de un número personal, único y exclusivo a los extranjeros que, por razones de interés económico, profesional o social, tienen relación con España.
  • Permiso de trabajo: es posible obtener un permiso de trabajo en España para quienes hayan obtenido previamente una oferta de trabajo en España o para quienes deseen crear su propia empresa en España.
  • Residencial de larga duración: las personas que lleven 5 años viviendo en España pueden solicitar un permiso de residencia permanente, siempre que cumplan todos los requisitos exigidos.