En el caso de un matrimonio residente en Francia o en España ocurre en muchas ocasiones que, después de una separación o un divorcio, uno de los dos decide irse a vivir en el país vecino. Por ejemplo, cuando un matrimonio con hijos reside en España y el padre, posteriormente, pasa a residir a Francia, o viceversa un matrimonio reside en Francia, pero posteriormente uno de los cónyuge y sus hijos pasan a residir a España.
En estos supuestos el cónyuge que vive en Francia puede recibir una demanda de divorcio cuando la misma haya sido presentada ante un Juzgado español, (El Reglamento de la U.E. 2201/2003 establece los criterios que determinan la competencia de los Tribunales en materia matrimonial y responsabilidad parental)
Existen diferentes vías por las que el Juzgado español nos puede notificar la demanda de divorcio en Francia. Si residimos en Francia y recibimos una demanda de divorcio de un Juzgado español (realizada en forma debida), es muy importante que contestemos poniéndonos en contacto con un abogado francófono en España porque, de no hacerlo, corremos el riesgo que el procedimiento continue ante el Juzgado español sin la posibilidad de poder defender los intereses del cónyuge residente en Francia.
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/LSU/?uri=uriserv:OJ.L_.2010.343.01.0010.01.SPA
Camino MARSAL
Abogada. Col. 18.284 ICAB