Ante la ruptura de un matrimonio, son muchas las preguntas que nos hacen los clientes en  nuestro Despacho, ¿debemos acudir al Notario, o al Juzgado, se necesita igualmente la asistencia de un abogado?

La respuesta depende de las circunstancias de cada caso:

  • Divorcio ante Notario:
    Es posible realizar el divorcio ante un notario si es de mutuo acuerdo y no hay hijos menores de edad en común. En este caso, la Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria establece que la asistencia de un abogado es obligatoria.
  • Divorcio con Hijos Menores de Edad:
    Si el matrimonio tiene hijos menores, el procedimiento debe tramitarse ante los Juzgados de Primera Instancia. Esto se aplica tanto si el divorcio es de mutuo acuerdo como si es contencioso, ya que la intervención del Ministerio Fiscal es imprescindible para garantizar el interés superior de los menores. Al igual que en el caso anterior, contar con un abogado es obligatorio.

Si tienes dudas sobre tu situación específica o necesitas asesoramiento, no dudes en contactarnos. En nuestro despacho estamos aquí para ayudarte en cada paso del proceso.

 

Camino MARSAL

Abogada Col. 18.284 ICAB

cmarsal@avocatbarcelone.com

Share this: